lunes, 6 de julio de 2009

APUNTES Y FECHAS IMPORTANTES



Por Orden Circular de 12 de julio de 1963 (D.O. nº 161) se declara no reglamentaria la bota de montar, excepto para los que practiquen la equitación o esten destinados a Unidades que la requieran, debiendo utilizarse el zapato negro. Aunque hasta 1967 no se estable el modelo único y reglamentario de zapato.

1 comentario:

  1. Salvando las distancias,... esta foto me ha recordado mis botas de tres hevillas,... me encantaría volver a tener un par,...

    Expresiones zapateras varias.

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