sábado, 5 de septiembre de 2009

ARTICULO 8º DE LA CONSTITUCIÓN

General D. José Mena Aguado, el día de la Pascua Militar de 2006 en Sevilla.

"Afortunadamente, la Constitución marca una serie de límites infranqueables para cualquier Estatuto de Autonomía. De ahí mi mensaje de tranquilidad. Pero, si esos límites fuesen sobrepasados, lo cual en estos momentos afortunadamente parece impensable, sería de aplicación el artículo 8º de la Constitución: «Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército de Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad y el ordenamiento constitucional».
No olvidemos que hemos jurado, (o prometido), guardar y hacer guardar la Constitución. Y para nosotros, los militares, todo juramento o promesa, constituye una cuestión de honor."



Después de leer y oir muchos comentarios por civiles y militares al respecto, a favor y en contra de dicha alocución, no voy a ser yo, un modesto suboficial retirado, el que valore si esas palabras, son motivo de cese, arresto, felicitación, o aplauso.
Yo tengo mi opinión personal, y guardando silencio, me acojo a mi libertad de expresión (aunque parezca una contradicción).

FOTOGRAFÍAS VARIAS

Bateria haciendo fuego en 1888 (Dibujo de Cusach).

Tte. Coronel Ayudante de General
y los hermanos Sevilla Dominguez.
D. Rafael y D. Juan (sentado).

Artilleros con el uniforme de 1917